Johanna Gama
Este espacio ha sido diseñado para compartir información y experiencias.
viernes, 5 de diciembre de 2014
martes, 2 de diciembre de 2014
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA
TECNOLOGÍA EN GESTIÓN DE MERCADOS
ESTACIÓN 3
CASO 1
·
Federico
es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en
modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación
y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio
donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le
hace a la misma.
·
Federico
llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento
le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA.
·
Federico
manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha
solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés
son para los aprendices de la modalidad presencial.
Análisis del caso
De acuerdo con el
Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una
respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1.
¿Qué respuesta la daría usted a
Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?
En el capítulo N° 2 numeral 4 del Reglamento del Aprendiz Sena es
claro y nota lo siguiente: “Recibir en el
momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz
del SENA.” Le indicaría a Federico comunicarse con el Centro de Formación y
solicitar el carné ya que este es un derecho de todos los aprendices independientemente
de la modalidad de formación.
2.
En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio
la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
Considero que ese tipo de respuesta no fue la adecuada pues siendo
la persona encargada debe dar solución al aprendiz, pues es un derecho que
tiene todo estudiante.
Considero que no fue acertada la respuesta, pues todo los
aprendices tienen el mismo derecho.
CASO 2
·
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia,
desde el inicio de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado
y cuidadoso en realizar las actividades de formación que le han planteado sus
tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación
correspondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo
largo de su proceso.
·
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación,
este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”.
Nicolás está muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su
tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe
irse para otra región a encontrarse con su familia.
·
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los
juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la
normatividad del SENA.
Análisis
del caso
De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer
una solicitud oficial para recibir los juicios de evaluación de las evidencias
presentadas:
1. ¿En qué capítulo, artículo
e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe amparar Nicolás para hacer dicha
solicitud de manera respetuosa y formal?
El
primer ítem que considero tener en cuenta es Capítulo II numeral 8.” Ser
escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de los
directivos, Instructores y personal administrativo, ante las dificultades que
se puedan presentar en su proceso de formación. ”
Segundo
ítem a tener en cuenta Capítulo II 11. “Ser
evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de evaluación y la
ruta de aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles
siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes
novedades académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación,
sanción, suspensión o cancelación del registro de matrícula.”
Por
último el capítulo para hacer la solicitud por escrito Capítulo VI ARTÍCULO 15.” Los Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los
trámites académicos y administrativos para atender las diferentes solicitudes
elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que
deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y
registradas en el sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes a su radicación deberá dar la respuesta respectiva”.
lunes, 1 de diciembre de 2014
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